Bonificación adicional planta administrativa no profesional (Ley de Retiro N° 20.996)
Podrán acceder a la bonificación adicional por retiro establecida en la ley N° 20.996 para universidades estatales, las funcionarias y funcionarios que cumplan con los requisitos de edad, las demás condiciones que establece dicha ley y que comuniquen su decisión de renunciar voluntariamente.
Requisitos generales
- Ser funcionario o funcionaria no académico ni profesional.
- Estar en calidad de planta o a contrata.
- Estar afiliado o afiliada a una AFP y cotizar o haber cotizado en ella.
- Solamente pueden acceder quienes cesen en su cargo por renuncia voluntaria o por obtención de pensión de invalidez o declaración de vacancia por salud incompatible o irrecuperable.
- Los hombres deben cumplir 65 años de edad y las mujeres 60 años entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2024.
- Tratándose de los hombres, la renuncia voluntaria deberá hacerse efectiva dentro de los 180 días hábiles siguientes al cumplimiento de los 65 años de edad o dentro de los 90 días hábiles siguientes a la notificación de asignación de cupo.
Bonificación adicional planta académica, directiva y profesional (Ley de Retiro N° 21.043)
Podrán acceder a la bonificación adicional por retiro establecida en la ley N° 21.043 para universidades estatales, el personal académico, directivo y profesional que cumpla con los requisitos de edad, las demás condiciones que establece dicha ley y que comuniquen su decisión de renunciar voluntariamente.
Requisitos generales
- Ser parte del personal académico, directivo o profesional no académico.
- Estar en calidad de planta o a contrata.
- Estar afiliado o afiliada a una AFP y cotizar o haber cotizado en él.
- Solamente pueden acceder quienes cesen en su cargo por renuncia voluntaria o por obtención de pensión de invalidez o declaración de vacancia por salud incompatible o irrecuperable.
- Los hombres deben cumplir 65 años de edad y las mujeres 60 años entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2024.
- Tratándose de los hombres, la renuncia voluntaria deberá hacerse efectiva dentro de los 180 días hábiles siguientes al cumplimiento de los 65 años de edad o dentro de los 90 días hábiles siguientes a la notificación de asignación de cupo.
Bonificación compensatoria (IPS)
La bonificación compensatoria es un beneficio económico equivalente a un mes de remuneraciones imponibles por cada año de servicios y fracción superior a 6 meses, con un máximo de 11 meses, que se entrega al personal no académico, profesional, directivo y académico, que sirva en sus cargos en calidad de planta o contrata y si cumple con los requisitos para acceder a la bonificación adicional que regulan las leyes 20.996 y 21.043.
Para aclarar dudas puede revisar las siguientes Preguntas Frecuentes:

